Actualizado el 17 de octubre de 2026. Este artículo se publicó el 10 de abril, cuando la medida todavía no estaba en vigor; ahora responde a la situación actual.

En resumen: no. El plazo para solicitar la regularización extraordinaria terminó el 30 de junio de 2026 y no se ha ampliado. Lo que sí puedes hacer depende de tu caso: consultar tu expediente si la presentaste, recurrir si te la han denegado, o estudiar otras vías, como el arraigo, si no llegaste a tiempo.

Qué pasó con la regularización

La regularización se aprobó con el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, que entró en vigor el 16 de abril. Las solicitudes se podían presentar por internet desde ese día y, de forma presencial y con cita previa, desde el 20 de abril. El plazo se cerró el 30 de junio de 2026. Según el Gobierno, se presentaron 1.174.978 solicitudes.

Cuando escribimos este artículo, en abril, todo el mundo preguntaba si «ya se podía tramitar» porque la medida avanzaba en la política pero no había procedimiento abierto. Hoy la pregunta es otra: qué hacer ahora.

Según tu caso

Si presentaste la solicitud

  • Consulta cómo va tu expediente. Se hace por internet o por SMS, sin ir a ninguna oficina. Lo explicamos paso a paso en la guía de la Oficina de Extranjería de Bilbao.
  • Si te piden documentación (un requerimiento), contesta dentro del plazo que te den. Si no respondes, la solicitud puede archivarse.
  • Si ya pasaron los tres meses sin respuesta, la norma entiende la solicitud denegada por silencio, pero el Ministerio de Inclusión indica que la autorización provisional sigue vigente hasta que recibas una resolución expresa. Conviene revisar tu caso con un abogado antes de decidir si esperar o recurrir.
  • Si te la conceden, tendrás que cambiar a otra autorización de residencia cuando se cumpla el año. Está explicado en nuestra página de regularización extraordinaria.

Si te la han denegado

Con la denegación pierdes la autorización provisional para trabajar. La resolución indica qué recurso cabe y en qué plazo: normalmente, recurso de reposición en un mes o recurso contencioso-administrativo en dos meses. Los plazos corren desde que te notifican, así que no esperes. Mientras tanto, mira si encajas en alguna otra vía.

Si no llegaste a tiempo

Esa vía está cerrada, pero hay otras ordinarias, que se pueden pedir en cualquier momento del año. La más habitual es el arraigo, que tiene cinco tipos según tu situación: social, sociolaboral, socioformativo, familiar y de segunda oportunidad. Si tienes una oferta de trabajo, también puedes mirar el permiso de trabajo.

¿Y si me dicen que «se vuelve a abrir»?

Desconfía. No hay ninguna ampliación del plazo publicada en el BOE. Antes de pagar a nadie por una «nueva regularización», comprueba la información en la web del Ministerio de Inclusión o pregúntanos.

Cuéntanos tu caso

Si presentaste la solicitud y no sabes en qué punto está, si te la han denegado o si no llegaste a tiempo, es mejor que lo vea un abogado. Nuestro despacho está en el centro de Bilbao (calle Colón de Larreátegui, 15) y también atendemos por videollamada. Reserva una consulta o pide que te

Preguntas frecuentes

No. El plazo terminó el 30 de junio de 2026 y no se ha ampliado. Quien no llegó a tiempo puede estudiar otras vías, como el arraigo.

Se consulta por internet, en la página oficial del estado de los expedientes de extranjería, o por SMS, sin ir a ninguna oficina. En nuestra guía de la Oficina de Extranjería de Bilbao están los pasos.

Pierdes la autorización provisional para trabajar. La resolución indica qué recurso cabe y en qué plazo: normalmente, recurso de reposición en un mes o recurso contencioso-administrativo en dos meses, desde la notificación. Conviene que un abogado lo vea cuanto antes.

Hay vías ordinarias que se pueden pedir en cualquier momento, sobre todo el arraigo, que tiene cinco tipos (social, sociolaboral, socioformativo, familiar y de segunda oportunidad). Si tienes una oferta de empleo, también se puede mirar el permiso de trabajo.

No hay ninguna ampliación publicada en el BOE. Desconfía de quien te cobre por una «nueva regularización» y comprueba la información en la web del Ministerio de Inclusión.