Actualizado el 17 de octubre de 2026. Este artículo se publicó el 16 de abril, el día en que se abrió el plazo; ahora recoge las fechas ya cerradas y lo que viene después.
En resumen: la regularización extraordinaria se pudo solicitar del 16 de abril al 30 de junio de 2026. El plazo para resolver es de tres meses y, si pasa sin respuesta, la solicitud se entiende denegada por silencio. Si la presentaste, esto es lo que importa ahora.
Fechas clave de la regularización 2026
- 16 de abril: entra en vigor el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril (al día siguiente de su publicación en el BOE) y se abre el plazo para presentar la solicitud por internet.
- 20 de abril: empieza la atención presencial, siempre con cita previa. La cita se podía pedir por la web desde el 16 de abril.
- 30 de junio: último día para presentar la solicitud, por cualquiera de las dos vías. El plazo no se ha ampliado.
- 2 de julio: el Gobierno da por cerrado el plazo con 1.174.978 solicitudes presentadas.
Cuánto tarda en resolverse
La Administración tiene un máximo de tres meses para resolver, contados desde el día siguiente a la entrada de la solicitud en el registro de la oficina que la tramita. Como el último día para presentarla fue el 30 de junio, para casi todas las solicitudes esos tres meses ya han pasado.
Qué puede ocurrir:
- Resolución favorable. Te conceden la autorización. Después tendrás que pedir la tarjeta (TIE) y, cuando se cumpla el año, pasar a otra autorización de residencia.
- Resolución desfavorable. La denegación supone la pérdida automática de la habilitación provisional para trabajar. Se puede recurrir.
- Sin respuesta. Pasados los tres meses, la solicitud se entiende denegada por silencio administrativo (esto es lo que dice el decreto). Aun así, el Ministerio de Inclusión indica que la autorización provisional para residir y trabajar sigue vigente hasta que recibas una resolución expresa.
Qué hacer si ya pasaron los tres meses
- Consulta el estado de tu expediente. Se hace por internet o por SMS. Los pasos están en la guía de la Oficina de Extranjería de Bilbao.
- Revisa tus notificaciones. Puede que te hayan pedido documentación o que ya haya una resolución que no has visto.
- Habla con un abogado antes de recurrir el silencio o esperar. Dependiendo de tu expediente, lo más conveniente puede ser una cosa u otra.
Si te la han denegado, los plazos de recurso corren desde que te notifican: normalmente, un mes para el recurso de reposición o dos meses para el contencioso-administrativo. No esperes.
Y después del primer año
La autorización de la regularización no se renueva tal cual. Hay que pasar a otra autorización de residencia (es una modificación prevista en el artículo 191 del Reglamento de Extranjería), que se pide en los dos meses anteriores a que caduque; el Ministerio admite también los tres meses siguientes. La nueva autorización dura cuatro años. Para ver cómo se prepara, consulta nuestra página de regularización extraordinaria y la de renovación de permisos de residencia.
Si no llegaste a tiempo
La regularización extraordinaria ya no admite solicitudes, pero hay vías ordinarias que se pueden pedir en cualquier momento. La más habitual es el arraigo, con cinco tipos según tu situación. Cuéntanos tu caso y te decimos cuál encaja.
Las solicitudes pueden presentarse sin asesoramiento, pero un error en la documentación o en el procedimiento puede suponer largas esperas. Nuestro despacho está en el centro de Bilbao (calle Colón de Larreátegui, 15) y también atendemos por videollamada. Reserva una consulta o pide que
Preguntas frecuentes
Hasta el 30 de junio de 2026. Se pudo presentar por internet desde el 16 de abril y de forma presencial, con cita previa, desde el 20 de abril.
Un máximo de tres meses desde el día siguiente a la entrada de la solicitud en el registro de la oficina que la tramita. Si pasa ese plazo sin respuesta, el decreto entiende la solicitud denegada por silencio.
Legalmente, la solicitud se entiende denegada por silencio. Pero el Ministerio de Inclusión indica que la autorización provisional sigue vigente hasta que recibas una resolución expresa, así que puedes seguir trabajando. Conviene revisar el caso con un abogado para decidir si esperar o recurrir.
No se renueva tal cual: hay que pasar a otra autorización de residencia (modificación del artículo 191 del Reglamento). Se pide en los dos meses anteriores a que caduque; el Ministerio admite también los tres meses siguientes. La nueva autorización dura cuatro años.